ALCALDÍA LOCAL DE LOS MÁRTIRES Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Usted está aquí

Conoce el ABC de los Consejos Locales de Juventud

Por: webmasterlocal
Publicado el: Junio 2021
Conoce el ABC de los Consejos Locales de Juventud

En Bogotá los jóvenes entre 14 a 28 años pueden representar a sus localidades, proponer soluciones a los problemas de sus barrios y ser parte del cambio de nuestra ciudad. Tienes dudas de cómo elegir y ser elegido en los Consejos Locales de Juventud. ¡Es muy fácil!

¿Para qué sirven los Consejos Locales de Juventud?
Los Consejeros de Juventud serán interlocutores por sus localidades entre el Distrito y los de su generación. Los elegidos deberán poner en marcha los proyectos que beneficien a los jóvenes de su comunidad, proponer soluciones a sus necesidades, defender sus intereses y tomar decisiones que los beneficien. Además, tendrán la responsabilidad de ejercer veeduría y control social a los programas juveniles del gobierno distrital.

¿Cómo puedes participar?
Los jóvenes entre 14 a 28 años pueden votar y ser aspirantes para integrar los Consejos Locales de Juventud. Hasta el 30 de agosto, los jóvenes de 14 a 17 años pueden registrar su Tarjeta de Identidad en la Registraduría auxiliar de su localidad. Los mayores de edad pueden verificar y cambiar, si así lo desean, el lugar de su puesto de votación en la página de la Registraduría Nacional.

Los jóvenes que hagan parte de un partido o movimiento político también pueden participar; para ello deben tener el aval de una colectividad con personería jurídica, a través de una organización juvenil, la cual debe estar constituida formalmente con un tiempo no menor a tres meses desde la fecha de la inscripción.

¿Por qué es importante participar?
Las elecciones de los Consejos Locales de Juventud no se realizan desde hace 10 años, y es importante que los jóvenes se apropien de estos espacios que ha traído muchos beneficios a su generación, especialmente incidencia en políticas públicas a nivel local, distrital y nacional.

¿Cómo estarán conformados los Consejos Locales de Juventud en Los Mártires?
13 Consejeros de Juventud.

¿Qué requisitos debes cumplir para ser candidato o candidata?
1. Tener entre 14 y 28 años. Presentar ante la Registraduría auxiliar el documento de identidad y la propuesta de trabajo que quieres realizar como Consejero de Juventud.
2. Presentar una declaración juramentada ante una notaría, que incluya el lugar dónde vives y qué actividades haz realizado por su barrio en temas sociales, educativos y laborales.

¿Qué requisitos debes cumplir para ser candidato o candidata?
3. Para postularte puedes hacerlo integrando una lista independiente, de partido o movimiento político con personería jurídica y/o una organización juvenil, estás últimas deben presentar al candidato.
4. Si te vas a presentar en una lista independiente, deberás recolectar un número de firmas según la cantidad de habitantes de tu localidad.
5. Si te vas a postular por una organización juvenil, esta debe estar constituida legalmente y tener el registro de la actividad a la que se dedica. El representante legal es el único que puede realizar la inscripción.
6. Cuando la candidatura es por un partido político debe contar con personería jurídica vigente y el aspirante tener el aval de la colectividad.

¿Qué requisitos debes cumplir para votar?
1. Tener entre 14 a 28 años.
2. Si eres mayor de edad, podrás votar con la cédula o contraseña.
3. Si tienes de 14 a17 años deberás votar con tu Tarjeta de Identidad. Por ser la primera vez que vas a ejercer tu derecho al voto, debes registrarse de manera presencial en las Registradurías auxiliares.

Si perteneces a un colectivo ¡Así te puedes postular!

  • El colectivo deberá estar formalmente constituido y la existencia formal no puede ser inferior a tres (3) meses, respecto a la fecha de inscripción de los candidatos.
  • Se deberá presentar la acreditación del registro legal del proceso y práctica organizativa de los jóvenes, así como la correspondiente postulación, conforme a sus estatutos reglamentarios.
  • Solo podrá ser inscrita la lista presentada por el representante legal del proceso y/o práctica organizativa formalmente constituida y su delegado.

    Fechas claves

  • Del 1 de junio al 30 de agosto, los jóvenes entre 14 y 17 años, se deben inscribir presencialmente en las Registradurías auxiliares de sus respectivas localidades, para poder elegir a los próximos Consejeros Locales de Juventud en Bogotá.
  • Del 28 de julio al 28 de agosto, inicia el periodo de inscripción de candidatos de listas independientes que ya cuentan con las firmas, así como de movimientos o partidos políticos y organizaciones juveniles.
  • El 28 de noviembre será el día de elecciones en que los jóvenes, entre 14 y 28 años, podrán votar por sus candidatos favoritos para integrar el Consejo Local de Juventudes de su localidad.
  • Del 1 de junio al 28 de julio los aspirantes por listas independientes se podrán registrar y solicitar el formulario ante la Registraduría para la recolección de firmas.
  • El 5 de septiembre la Registraduría dará a conocer las listas de candidatos inscritos para ser Consejeros Locales.

    ¿Qué debes hacer si te inscribes como independiente?
    1. La inscripción de listas que sean presentadas directamente por los jóvenes independientes, deberá tener el respaldo de un número mínimo de firmas.
    2. Los apoyos para la inscripción de listas independientes deberán ser de jóvenes que se encuentren entre los 14 y 28 años y que sean residentes de la misma localidad.
    3. Los jóvenes que se vayan a postular por listas independientes deberán, antes de iniciar la recolección de los apoyos, conformar un comité para la inscripción de tres (3) miembros y solicitar a la Registraduría Nacional del Estado Civil el formulario diseñado para la recolección de apoyos a la candidatura, con indicación de la cantidad mínima de firmas a recolectar.
    4. La Registraduría Nacional será la encargada de revisar las firmas presentadas al momento de la inscripción.

    ¿Qué debes hacer si te inscribes como independiente? 

 5. Los jóvenes que se vayan a postular por Listas Independientes deberá solicitar en: https://registrojovenesindependientes.registraduria.gov.co/juventudes/ el formulario para recoger firmas según la cantidad de         habitantes de la localidad.

¿Quiénes no pueden ser Consejeros de Juventud?
1. Quienes integren Corporaciones Públicas de elección popular.
2. Quienes se hayan vinculado a la administración pública 3 meses antes de la elección.

¿Te quedaron dudas?
Escríbenos al WhatsApp 301 7 75 08 78